
La Caja de Previsión Social de los Agentes Civiles del Estado está regida por la ley 9816, del 30 de diciembre de 1985, y su texto fue actualizado por la ley 12.057. Se la conoce como la Caja del Seguro Mutual y su raíz contemporánea está en aquellos primeros años de la democracia recuperada, durante la gestión del gobernador José María Vernet, ex contador de la otrora poderosa Unión Obrera Metalúrgica de Rosario. Fue la matriz institucional del esquema del reparto de los factores de poder y distintas cajas que hizo la conducción política del estado santafesino. Porque la Caja del Seguro Mutual es, de manera rústica, ni más ni menos que eso, una fenomenal caja. Un factor de poder en si mismo. Discutir su dirección, su administración es debatir qué tipo de estado habrá en Santa Fe en la segunda década del tercer milenio. El artículo primero de aquella ley decía que esta caja “es una entidad de derecho público, no estatal, a la que por esta ley se le acuerda personería jurídica, que administra el régimen del seguro mutual aplicable en caso de fallecimiento o incapacidad del asegurado y demás beneficios de acuerdo con lo normado en la presente ley, como asimismo los que por ley se instituyan en lo sucesivo, destinados a atender las necesidades económicas y sociales de los afiliados y conforme con los principios del derecho de la seguridad social y del mutualismo”. Y había tres tipos de afiliados, los obligatorios (los empleados permanentes de la administración pública provincial y los jubilados); los optativos y los adherentes. Un cuarto de siglo después, la Caja del Seguro Mutual funciona como un fenomenal mecanismo a favor de los intereses de una forma de entender el sindicalismo y la política en la provincia de Santa Fe.